Por: Prof. Jason Sharman
En reiteradas ocasiones la OCDE y el Foro Global han manifestado su compromiso con un proceso justo, transparente y objetivo en la aplicación universal y consistente de los estándares de transparencia asociados al intercambio de información. Este compromiso aplica tanto a los estándares incluidos en la ley como a la verdadera implementación y cumplimiento de estos estándares en la práctica cotidiana. Pocos estándares asociados a la transparencia e intercambio de información son más importantes que los que se relacionan con la información acerca de la identidad de los beneficiarios finales de las corporaciones.
En este contexto, no queda claro el por qué, el que Panamá no elimine o no inmovilice las acciones al portador es en sí un problema. En términos legales, la mayoría de los países de la OCDE igualmente permiten acciones al portador y no las han inmovilizado, incluyendo centros financieros de gran importancia como el del Reino Unido. En la práctica, la evidencia fuertemente sugiere que Panamá cumple significativamente con los estándares internacionales del beneficiario final y en mayor medida que muchos de los países de la OCDE, especialmente los Estados Unidos. De cara a la evidencia, se hace difícil darle valor al compromiso de la OCDE con los antes mencionados principios de justicia, consistencia y objetividad, en su manejo de las acciones al portador panameñas.”
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