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Carta del Lic. Oswaldo Fernández al Presidente del Colegio Nacional de Abogados sobre acciones al portador

19 de octubre de 2012

Señor Presidente del Colegio Nacional de Abogados, desde los años setenta del siglo pasado, los denominados países industrializados (hoy miembros de la OCDE y GAFI), han estado atrás de los países pequeños, como Panamá, para imponernos normas de control fiscal, financiero y otros, que en sus legislaciones internas no las imponen. Bajo el lema: Haz lo que yo digo, pero no hagas lo que yo hago, en forma un tanto inmoral (no ilegal) han ido ejerciendo presiones sobre nuestros países. V. gr. Liechtenstein, Uruguay, Antigua, Bélice, Panamá, Suiza, etc.

Históricamente, Panamá ha sido un país altamente competitivo en la prestación se servicios jurídicos, financieros, bancarios, etc., no me refiero a servicios de atención directa al cliente como restaurantes, bares, etc., donde realmente no somos buenos. En los servicios donde tenemos ventajas competitivas, como la Zona Libre de Colón, el Centro Bancario Internacional, la Marina Mercante, Centro de Apoyo Logístico Multimodal (Puertos, Ferrocarril, Howard, otras Zonas Procesadoras), Servicios Legales como las sociedades anónimas desde 1932 y más recientemente las Fundaciones de Interés Privado, no pudiendo dejar de mencionar el Canal de Panamá, siempre los países económica y militarmente más poderosos han tratado de imponernos condiciones para eliminar nuestras ventajas comparativas, lo cual, definitivamente es imperdonable para una Nación tan chica que recuperó el Canal de la potencia más grande del mundo, logro que no lo ha podido realizar Cuba con Guantánamo, España con Gilbraltar, Argentina con Las Malvinas, Marruecos con Ceuta y Melilla, entre otros. No por casualidad los 17 enclaves coloniales que quedan todavía en el mundo los tienen países de la OCDE, salvo Dinamarca que tiene uno y la ONU que administra un territorio. Reino Unido con once, los Estados Unidos tien cuatro y  Francia tiene uno.

Hasta la fecha la resistencia gubernamental se mantuvo. Posteriormente cedimos con el Convenio Salas Baker que es totalmente inconstitucional ya que nunca pasó por la Asamblea Nacional como exige nuestra Carta Magna. Posteriormente firmamos un Tratado de Cooperación Fiscal, que contradice los principios elementales del Derecho Internacional Público, por cuanto es de beneficio unilateral. Si Panamá sigue el criterio de la territorialidad para el pago impositivo y otros países el de la personalidad. ¿Qué interés tiene Panamá de saber que renta generan sus nacionales en otros países?. Ninguno. Pero ellos si tienen un interés directo en saber la renta de sus nacionales o residentes.

Los Estados Unidos consignaron en su Lista compromisos de reducción de las subvenciones a la exportación con arreglo al Acuerdo con la Agricultura de la OMC respecto de 13 grupos de productos.  La cuantía máxima final consolidada, desde 2000‑2001, para los desembolsos de subvenciones a la exportación de esos productos es de 594 millones de dólares EE.UU. por año.  Durante el período en examen los Estados Unidos efectuaron una notificación sobre subvenciones a la exportación, que se refiere al año 2002.[1]  El total de los desembolsos por subvenciones a la exportación en 2002 alcanzó a 31,5 millones de dólares EE.UU.  Los productos que recibieron subvenciones a la exportación fueron la mantequilla y aceite de mantequilla, lecha desnatada en polvo y quesos.

La estimación de la OCDE de la ayuda a los productores ofrece un cálculo más completo de la ayuda, que incluye los pagos oficiales a los productores y el sostenimiento de precios.  La estimación referente a los Estados Unidos en 2003 fue de 35.600 millones de dólares EE.UU.[2]  El porcentaje respecto de los ingresos brutos del productor fue del 15 por ciento, frente al 30 por ciento registrado en el conjunto de la OCDE.  Los datos provisionales de 2004 indican un aumento de la estimación de la ayuda a los productores a 46.500 millones de dólares EE.UU., equivalentes al 18 por ciento de los ingresos brutos de los productores, lo que pone fin a la tendencia descendente registrada desde 1999.  Los productos que reciben más ayuda, según la proporción estimada de la ayuda a los productores respecto de los ingresos brutos en 2004, son el azúcar, la leche, otros cereales y el trigo.[3]  La OCDE observó que «si bien la ayuda es inferior al promedio de 1986‑88 [el último período de base medido por la OCDE], se encuentra por encima de los niveles de mediados del decenio de 1990, y las formas de ayuda que causan mayor distorsión de la producción y el comercio siguen siendo importantes, contribuyendo a contener la subida de los precios mundiales».[4]

Lo más lamentable es que hemos convertido a la Dirección General de Ingresos en la Caja Registradora de otros países, sin que reciba un céntimo por el servicio brindado. Por otro lado, hemos firmado una gran cantidad de Tratados de Doble Tributación que lesionan interés nacional y los Tratados de Libre Comercio o Promoción Comercial que atentan totalmente contra el sector industrial y agropecuario del país.

El sector de los servicios financieros es una de las actividades de más acelerado crecimiento en la economía estadounidense.  Sólo se han registrado modificaciones de importancia relativamente menor en la legislación de los Estados Unidos respecto de los servicios financieros desde el último examen de sus políticas comerciales.  Entre las modificaciones, el 1º de enero de 2005 entró en vigor un nuevo sistema de clasificación de los conglomerados financieros que incluyan un banco, a fin de fortalecer la supervisión de tales conglomerados.  La nueva clasificación hace hincapié en la gestión del riesgo e introduce un marco más completo para el análisis y la clasificación de los factores financieros.

Fíjese, Señor Presidente, que solo nos queda el sector servicio contra el que se atenta ahora y siempre. Lo inmoral de todo esto es que el Centro Financiero de Miami no exige, para cuentas de no ciudadano y no residentes en USA los requisitos que ellos han impuesto aquí. El Gobernador de Delaware pasea por el mundo promoviendo las sociedades anónimas de su estado y en Las Vegas, Nevada, se puede hacer una sociedad a través de internet. Puedo darle otra enorme cantidad de argumentos, pero estimo que se hará en el debate y como siempre, los Gobierno que controlan el Poder Legislativo, imponen sus condiciones.

En el anteproyecto de Ley enviado por Usted a nuestro despacho, el artículo 1, donde indica: “La presente Ley tiene por objeto adoptar un régimen de custodia aplicable a las acciones emitidas al portador existentes a la fecha de publicación de la presente Ley, ..” nos parece, en un análisis prima facie, que dicha redacción es inconstitucional, puesto que afecta derechos adquiridos de las sociedad que tienen acciones al portador y que fueron conformadas antes de la vigencia de la Ley, que veo tiene efectos retroactivos. Y decimos que aparentemente es inconstitucional, puesto que se aplica una legislación no vigente a la época de constitución de la sociedad.

El art. 5 sobre los custodios nacionales, deja a los agentes residentes en un limbo jurídico, pendiente de una Reglamentación. Así se atenta contra la figura del Agente Residente (abogado) ya que está a merced de la Reglamentación, donde ya tenemos la experiencia que nunca se reglamentó la exoneración de las abogados con contribuyen con el Instituto de Defensoría de Oficio.

Y así existen otras incongruencias sobre las que opinaremos con más tiempo.

Señor Presidente, disculpe la informalidad de este escrito, pero creo que estamos contra el tiempo. Le estoy enviando copia de este correo a algunos abogados que sé que manejan el tema, así como a mis estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá.

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