Por Dr. Eduardo Morgan Jr.
Foro «Defensas de las Acciones al Portador» en la Universidad de Panamá
16 de agosto de 2012
Características de la Sociedad Anónima Panameña
En Panamá, el Pacto Social debe hacerse por Escritura Pública e inscribirse en el Registro Público y debe contener, necesariamente, el nombre y la dirección, tanto del Agente Residente (abogado) y, como mínimo, de tres Directores.
En Panamá el abogado tiene la obligación legal de obtener la identidad del que pide la sociedad, y no puede ampararse en el secreto profesional en caso de una investigación.
https://sites.morimor.com/wp-content/uploads/sites/20/2012/08/Foro-Unal-16ago2012.ppt
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