Por Eduardo Morgan G.
La Estrella de Panamá
Julio 17, 2013
En el extenso reportaje publicado por La Estrella de Panamá en su edición de 8 de julio sobre el proyecto de ley de inmovilización de las acciones al portador, se omitieron cuestiones fundamentales que demuestran que dicho proyecto, además de innecesario, es perjudicial para Panamá. Veámoslo:
En el Tratado de Información Fiscal que se firmó con EE. UU. el 30 de noviembre de 2010, EE. UU. condicionó su vigencia a que Panamá aprobara una ley para facultar a la Dirección General de Ingresos (DGI) a intercambiar información y otra para que se pudieran conocer los beneficiarios de las acciones al portador.
En nota de prensa de su Departamento del Tesoro de 18 abril del 2011, EE. UU., principal socio de la OCDE y número uno del G-8, reconoció que Panamá cumplió ambas condiciones. En relación a las acciones al Portador se expresó lo siguiente:
‘Panamá modificó su legislación para abordar el tema de la práctica de las cuentas anónimas conocidas como ‘acciones al portador’, al exigir a los bufetes de abogados que incorporan empresas, a llevar a cabo la debida diligencia para comprobar la identidad de los propietarios y, de ser solicitada, compartir esa información con las autoridades panameñas (Ley 2, ‘Conozca a su cliente’, publicado en la Gaceta Oficial el 1 de febrero de 2011)’.
Queda claro así que el proyecto de inmovilización y custodia es, aparte de perjudicial para Panamá, innecesario y superfluo. Sin embargo, en medio del debate nacional sobre el tema, el contenido de la nota transcrita nunca fue divulgado por los negociadores panameños. El presidente de la República no conocía su existencia y el extenso reportaje de La Estrella ni siquiera lo menciona.
La existencia del proyecto de inmovilización y la presión a la opinión pública para que fuera aprobado como la llave mágica para pasar el Peer Review, ignorando la existencia de la Ley 2 y del documento arriba mencionado, es inexplicable. No quisiera pensar que ha sido la intención de lucrar con el servicio de custodia de las acciones al portador lo que ha movido a algunos a impulsar una ley que sin duda alguna afectará seriamente a nuestro régimen de sociedades, a nuestra marina mercante y a nuestro centro financiero.
Cientos de empleos se perderán en el gobierno y en el sector de servicios y el fisco dejará de recibir ingresos importantes, igual que la empresa privada. Comoquiera que son los ingresos consulares que produce la marina mercante los que mantienen nuestras embajadas, también el servicio diplomático quedará afectado y los cadetes que gradúe la Universidad Marítima no tendrán barcos panameños que los contraten. Recordemos que se calcula en cerca de 500 millones al año la contribución de Naves y Sociedades a la economía nacional.
Pareciera que los promotores del proyecto ignoran que el 100% de los usuarios de nuestro Registro de Naves es extranjero y que los competidores de Panamá son Liberia y Marshall Is land (dos y tres en el ranking, respectivamente), operados por concesionarios norteamericanos, con acciones al portador, sin inmovilización y sin la obligación de conocer al cliente.
Hay que ser muy iluso para pensar que un naviero griego, coreano, chino, o japonés, a quien su abogado le diga que tiene que depositar sus acciones en manos de un tercero seguiría en el Registro panameño. No hay duda de que cambiará de bandera y sus sociedades las pasará a un registro competidor, con acciones al portador, sin inmovilización y sin la obligación de conocer al cliente, como son los de Liberia y Marshall Island.
Por supuesto que nuestro sistema de sociedades anónimas permite que en caso de una investigación por autoridad competente, en la cual se vea comprometida una sociedad propietaria de naves, el abogado puede identificar quién está detrás de la sociedad. Por tanto, no se podrá nunca afirmar que nuestra ley da anonimato total al propietario y estos lo saben y están muy a gusto en un registro serio como el nuestro. No es esta la situación en Liberia y Marshall Island, donde el anonimato es total, porque, además de que hay acciones al portador, no se exige conocer al cliente, tal como esas jurisdicciones lo publicitan en su página Web.
Debemos sentirnos orgullosos de la seriedad de las herramientas que hemos puesto al servicio de la Globalización. Desde 1919, la de Naves; y desde 1927, la de Sociedades, representan importantes fuentes de trabajo e ingresos a nuestra economía. Somos un ejemplo para el mundo y así debemos divulgarlo.
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