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Presentación de la autobiografía «Antonio González-Revilla Ciudadano Universal» por Eduardo Morgan Jr.

2 de agosto de 2012

Buenas noches. Cuando María Luisa González Revilla me llamó por teléfono, lejos estaba de imaginar el propósito de su visita: pedirme que dijera unas palabras en la presentación del libro que recoge las memorias autobiográficas de su padre, el doctor Antonio González Revilla. Sin superar completamente la sorpresa que me causó la petición,  pensaba que María Luisa me había confundido con Juan David ya que mi participación en estos eventos literarios  se había limitado a disfrutar, como oyente las presentaciones de mi hermano, de Jorge Ritter, Rosa María Britton y otros excelentes exponentes de este género, sin duda una de las actividades más importantes y enriquecedoras del quehacer cultural.

Confieso que me considero ducho  en presentaciones ante el Colegio de Abogados, en los foros CADE de APEDE, en las facultades de  Derecho de varias universidades del país; sobre temas jurídicos, nuestras  relaciones con los Estados Unidos, o sobre nuestro centro financiero y la amenaza que le representa la doble moral de la OCDE. En esos temas me siento como pez en el agua pero no tenía la menor idea de cómo presentar una obra literaria ni el análisis que se requiere para llevar al público asistente el mensaje  que encierra el libro y que la presentación ayude a su divulgación.  Seguro estoy de que María Luisa leyó mis pensamientos porque me sacó del apuro tranquilizándome con la explicación de que la presentación formal la haría el distinguido Decano de la Facultad de Medicina, Dr. Enrique Mendoza. Que lo que la familia deseaba era que yo compartiera con ustedes, público amable, recuerdos de mis vivencias con su padre.

Pocos días después recibí de María Luisa este libro, Ciudadano Universal. Memorias del Dr. Antonio González Revilla, 1914-1998 sobriamente editado,  en cuya portada aparece la foto del doctor González Revilla que calculo, es de cuando estaba entre los 35 y los 40 años.  Después de leerlo me preguntaba si no hubiera sido más apropiado titularlo “Panameño Universal”.

El libro de sus memorias es también la historia de Panamá, algunos de cuyos relatos escuchó de su padre; entre otros, nos narra hechos sobre los trabajos franceses en la construcción del Canal; la separación de Colombia; de aquel  David pequeño, casi un vecindario de sólo 5mil habitantes; el retrato de la pobre educación y los esfuerzos por mejorarla; de la falta de vías de comunicación cuando el único medio de transporte era el mar;  las intervenciones de los norteamericanos; la historia de la medicina,  la creación de la Universidad y de la Escuela de Medicina.

Los capítulos que versan sobre su formación médica y su ejercicio, sus vivencias sobre la lucha por inculcar  en nuestro medio todo el acervo que traía del ejercicio y la práctica de la medicina en Estados Unidos, deberían ser de lectura obligatoria y de inspiración para los que son llamados por esta noble vocación. Los capítulos sobre su incursión en la política tienen, para los historiadores,  la virtud de retratar el país que existía antes del 11 de octubre de 1968.

Es admirable el fervor con que incursiona en la política. Lo toma como un nuevo reto, con la misma intensidad y pasión con que llevó adelante sus estudios de medicina y su lucha por dotar a Panamá con un mejor sistema de salud, con  buenos médicos y organizaciones que garantizaran su superación profesional y ética. No hay mejor compendio de su rectitud política que las cortas palabras que dirige a sus hijos en el preámbulo de su biografía:

El único propósito es dejarles un legado escrito sobre el desenvolvimiento de mi vida, mis experiencias múltiples,  inquietudes, logros y decepciones. Lo que dejo impreso solo a ellos les interesaría, pues representa el recuento de la vida de un esposo, de un padre y un médico que luchó en un medio muchas veces hostil, repleto de egoísmo y de codicia, y de un ciudadano que se aventuró en sus años ya maduros en la vida política de la patria panameña que le dio vida y supo estimular en su espíritu la rebeldía contra la perenne injusticia social, política y económica que se proyecta sin aparente solución positiva hacia un futuro incierto”.

El doctor pone punto final a sus memorias en 1977 coincidiendo con el tramo final de las negociaciones de los Tratados Torrijos-Carter y nos priva de su juicio sobre los últimos años del General Omar Torrijos, y la tragedia que para el país significó la dictadura de Noriega.

Por reminiscencias muy vivas en mí, el primer capítulo de las memorias, David, Infancia y Adolescencia, me cautivó enseguida. Y es que ser chiricano es un sentimiento especial. Más que nacionalismo chauvinista es un sentimiento de pertenencia al terruño, a la familia, a los coterráneos. Nos identificamos con los ríos… ¿quién no ha oído hablar  del Risacua; de que los visitantes se bañan en él para asegurarse de que siempre van a volver? ¿De los dos Chiriquí, con el mismo patronímico pero el segundo con el cariñoso “Viejo” como  apellido; del café de Boquete, el travieso río Caldera, el majestuoso Volcán Barú, de nuestros hermanos Guaymíes? ¿En qué otro lugar se oye la expresión “vamos a temperar a Boquete”, para decir salir del sofocante calor de David en los meses de verano? ¿Y quién no presta atención cuando se oye  la expresión “metoo”, casi santo y seña del chiricano?

Sin ser parientes consanguíneos, ser chiricano hace que todos los parientes de mis parientes sean también mis parientes. Así, los González Revilla primos por el lado Jurado o Araúz Jované, quedaron convertidos en mis primos, sobrinos o tíos por ser primos de mis primos Así llegué a considerarme sobrino orgulloso del Dr. González Revilla; primo de Quetita, de Marianela Stanziola y sobrino, también, de doña Flora Miró, la querida “mama Payo”.

El relato sobre su padre, el Dr. Manuel González Revilla Barloco y su madre, Mercedes Delgado Jurado me recuerda  por su ternura la primera novela de mi hermano Juan David, Fugitivos del Paisaje. Don Manuel, médico cubano, con estudios secundarios en Francia y luego graduado de médico cirujano en la Universidad de París llega a Panamá a trabajar en la obra del Canal Francés como parte de su internado, requisito  para poder  practicar la medicina en Francia. Al fracasar la compañía Francesa y antes de regresar a Francia, decide visitar Chiriquí; allí conoce a doña Mercedes (mamá Chellita, entonces de 15 años), se baña en el Risacua y no se va más nunca. Abre su consultorio y se inicia la saga de la familia González Revilla Delgado, todos prominentes, entre los cuales sobresale Toño. Si el capítulo destila el amor de Toño por sus padres, contiene también el complemento del amor de los hermanos y de cómo se ayudaban entre sí. La familia era pobre ya que el doctor Manuel era médico filántropo y muchas veces no solo no cobraba las consultas sino que les compraba las medicinas a sus enfermos. Este  ejemplo fue, sin duda, de inspiración para don Toño para quien los bienes materiales nunca fueron la meta de su vida.

Es notable que los hermanos de Toño apreciaran tempranamente el genio que moraba en él y admirable cómo lo ayudaron para que se educara. Su genio estaba unido a su deseo de superarse, de ser médico como su padre, a una voluntad inquebrantable. El capítulo sobre sus estudios, repito,  debe ser lectura inspiradora a todo estudiante de medicina que, es de esperarse, conocen lo que representa el doctor González Revilla en una facultad que goza de alto prestigio dentro y fuera del país.

Aparte de las reuniones familiares que frecuentábamos, gocé del privilegio de tenerlo de huésped por uno días cuando estudiaba para mi post grado en la Escuela de Derecho de la Universidad de Yale. Esto fue, me parece recordar, en 1963. Allí estudiaba su carrera de médico su único hijo varón, Antonio Jr.  y como  panameño era frecuente visitante a nuestra casa, la cual era muy bien atendida por Diana, mi esposa. (allá tuvimos la dicha del nacimiento de nuestro primer hijo, Eduardo Enrique). Gracias a mis becas no habitaba en los apartamentos de estudiantes sino en un chalet en un barrio de la ciudad. En una de sus visitas y ya próximo a graduarse, Antonio nos comenta que no había podido conseguir hotel ni alojamiento para su papá que viajaría para estar presente en la ceremonia de graduación. Enseguida le manifesté que teníamos una habitación de huéspedes siempre lista para la visita de nuestros padres y que estaba a la orden para don Toño. No recuerdo cuantos días se quedó el doctor con nosotros, pero si que Diana y yo disfrutamos plenamente de la compañía de este hombre excepcional.

Para mi sorpresa, aparezco en la memorias, no en la visita a New Haven, a la graduación de Toño, sino en el capitulo relativo a su experiencia en la política. Transcribo: “Como un dato curioso para la historia, deseo apuntar que semanas antes de esta convención nacional se acercó a mi oficina, en el Hospital Santo Tomás,  el doctor Eduardo Morgan hijo, para proponerme, a título personal, la integración de una nómina con el coronel Bolívar Vallarino como presidente, el ingeniero Samudio como primer vicepresidente y yo como segundo vicepresidente. Rehusé esta proposición de plano, sin consultar a la dirigencia del partido”.

La visita al doctor fue exactamente como la relata y fue una más de las que hice a cada uno de los presidentes de los partidos políticos de entonces, con la excepción del Dr. Arnulfo Arias. Mi preocupación, como le manifesté a cada uno con la osadía de mis 30 años, era que de ganar Arnulfo las elecciones se produciría, indefectiblemente, un golpe militar; y que la forma de evitarlo era una nómina que agrupara a todos los partidos para enfrentarlo en las urnas. Además creía firmemente que un gobierno de 4 años con el General Vallarino,  que en sus 17 años de comandante de la Guardia Nacional se había granjeado el respeto de la comunidad, era necesario para enderezar el rumbo del país.

Hoy, tantos años después, me da mucha satisfacción que en sus memorias don Toño ratifica mis apreciaciones de entonces sobre las causas que motivaron el golpe de Estado de 1968 y la formación del Gobierno Provisional, y luego Revolucionario que, entre el legado de cosas buenas  que nos dejó, está el inicio de las reformas electorales que hoy hacen de nosotros un ejemplo a seguir, por la pureza de nuestras elecciones.

Así como para el doctor Manuel González Revilla Barloco, fue doña Mercedes Delgado Jurado la musa que lo inspiró, para don Toño fue doña Ángela Rosanía, su compañera de toda la vida, cuya belleza física  inigualable se complementaba con su belleza espiritual.  El otro gran amor de don Toño, y creo que el más grande,  fue nuestra querida Panamá. Que ese genio que se codeaba con los mejores médicos de entonces en Estados Unidos y que hubiera podido quedarse en ese país que persigue el talento escogiera regresar a nosotros y pasar por todo lo que pasó para sembrar semillas que fructificaron en una mejor medicina para un país pobre como éramos es, sin duda,  lo que más hay que destacar de la personalidad de este gran ser humano. Doctor, donde se encuentre, muchas gracias por estas sus memorias que seguirán abonando el desarrollo de su querida patria.

Y gracias a sus hijos por compartir con nosotros el legado valioso de su vida contada por él. 

El doble estándar de la OCDE en el foro global de transparencia e Intercambio de información. La calificación de Estados Unidos

Por Eduardo Morgan Jr.

RESUMEN

El doctor Eduardo Morgan Jr., LL.M. de la Facultad de Derecho de la Universidad de Yale, socio fundador de Morgan & Morgan y ex embajador de la República de Panamá en Washington, D.C., brinda un excepcional y profundo análisis sobre la calificación de los Estados Unidos en el informe del Peer Review Report (GF PRR) 2011 en el que se desvela el inaceptable doble estándar de la OCDE respecto de los Estados Unidos, su principal miembro.  El análisis documenta cómo los Estados Unidos predica la “transparencia y el intercambio de información para propósitos fiscales” al tiempo que ofrece a los extranjeros y a los intermediarios un blindaje completo de información a sus países de origen (con excepción de Canadá) para atraer, de esta manera, más de 10 trillones de dólares en inversiones y depósitos bancarios extranjeros.  En consecuencia, el doctor Morgan corrobora lo que varios especialistas y estudios sobre el tema revelan: que los Estados Unidos es el mayor paraíso fiscal del mundo.

A pesar de que el 17 de abril de 2012 el IRS finalmente estableció regulaciones bajo la Sección 6049, para requerir de las instituciones financieras de los Estados Unidos, información sobre pagos de intereses a determinados individuos extranjeros no residentes, el doctor Morgan señala que estas reglas, publicadas el 19 de abril en el Registro Federal, solo se aplican a depósitos bancarios en ciertas instituciones de ahorros y compañías de seguros con acuerdos para el pago de intereses a personas naturales. Peor aún, el IRS excluye deliberadamente de la obligación de reportar cuentas bancarias de extranjeros, a los clientes escudados por el acuerdo QI, y otros ingresos exentos tales como los de intereses sobre bonos o por ganancias de capital. Por tanto, para efectos de transparencia y de intercambio de información, estas reglas tienen graves defectos.

El estudio es muy relevante en el marco de los acontecimientos recientes  y los debates actuales sobre “Transparencia e Intercambio de Información Tributaria”. El doctor Morgan cita numerosos estudios, documentos e informes de la OCDE y del propio gobierno de los Estados Unidos que revelan con claridad hechos que socavan gravemente la credibilidad del Foro Global. Da a conocer la conspiración de la OCDE para “prevenir que centros financieros no tradicionales compitan con sus socios en las actividades de negocios financieros” y concluye su análisis reconociendo el liderazgo de los Estados Unidos en los asuntos mundiales, e insistiendo en su obligación ética de garantizar coherencia entre su política y sus prácticas.

https://sites.morimor.com/wp-content/uploads/sites/20/2015/05/FORO-OCDE-y-sinopsis-español-mayo-22-2012.pdf


El doble estándar de la OCDE en el Foro Global sobre transparencia e intercambio de información. La calificación de Estados Unidos

El doctor Eduardo Morgan Jr., LL.M. de la Facultad de Derecho de la Universidad de Yale, socio fundador de Morgan & Morgan y ex embajador de la República de Panamá en Washington, D.C., brinda un excepcional y profundo análisis sobre la calificación de los Estados Unidos en el informe del Peer Review Report (GF PRR) 2011 en el que se desvela el inaceptable doble estándar de la OCDE respecto de los Estados Unidos, su principal miembro.  El análisis documenta cómo los Estados Unidos predica la “transparencia y el intercambio de información para propósitos fiscales” al tiempo que ofrece a los extranjeros y a los intermediarios financieros un blindaje completo de información a sus países de origen (con excepción de Canadá) para atraer, de esta manera, más de 10 trillones de dólares en inversiones y depósitos bancarios extranjeros.  En consecuencia, el doctor Morgan corrobora lo que varios especialistas y estudios sobre el tema revelan: que los Estados Unidos es el mayor paraíso fiscal del mundo.

A pesar de que el 17 de abril de 2012 el IRS finalmente estableció regulaciones bajo la Sección 6049, para requerir de las instituciones financieras de los Estados Unidos, información sobre pagos de intereses a determinados individuos extranjeros no residentes, el doctor Morgan señala que estas reglas, publicadas el 19 de abril en el Registro Federal, solo se aplican a depósitos bancarios en ciertas instituciones de ahorros y compañías de seguros con acuerdos para el pago de intereses a personas naturales. Peor aún, el IRS excluye deliberadamente de la obligación de reportar cuentas bancarias de extranjeros, a los clientes escudados por el acuerdo QI, y otros ingresos exentos tales como los de intereses sobre bonos o por ganancias de capital. Por tanto, para efectos de transparencia y de intercambio de información, estas reglas tienen graves defectos.

El estudio es muy relevante en el marco de los acontecimientos recientes  y los debates actuales sobre “Transparencia e Intercambio de Información Tributaria”. El doctor Morgan cita numerosos estudios, documentos e informes de la OCDE y del propio gobierno de los Estados Unidos que revelan con claridad hechos que socavan gravemente la credibilidad del Foro Global. Da a conocer la conspiración de la OCDE para “prevenir que centros financieros no tradicionales compitan con sus socios en las actividades de negocios financieros” y concluye su análisis reconociendo el liderazgo de los Estados Unidos en los asuntos mundiales, e insistiendo en su obligación ética de garantizar coherencia entre su política y sus prácticas.

PEER-REVIEW-TEXTO-FINAL-ESPAÑOL-MAYO-16-12.pdf

Tratados de doble tributación vs. tratados de información fiscal

por Eduardo Morgan Jr.

Publicado en Competetividad Ejecutiva – Volumen 6, No. 30 – Abril 2012

 

Adicional al memo que sobre el tema de las Acciones al Portador, envié a la Asociación de Abogados Internacionales, a integrantes de la Junta Directiva del Colegio Nacional de Abogados, y a los participantes en la Mesa Redonda que organizó el Colegio el 2 de febrero pasado, debo referirme a ciertos conceptos emitidos en dicha mesa redonda por el apreciado colega, Dr. Jaime Alemán, sobre los Tratados para evitar la Doble Tributación (TDT) y los Tratados de Información Fiscal (TIF).

https://sites.morimor.com/wp-content/uploads/sites/20/2012/05/Tratados-de-doble-tributacion-Competitividad-Ejecutiva-abril-2012.pdf

The Money Laundry por J.C. Sharman

THE MONEY LAUNDRY – Regulating Criminal Finance in the Global Economy, J.C. Sharman- Cornell University Press- Cornell Studies in Political Economy
 
Un libro que hará historia.
 
La crisis económica que atraviesan los países de la OCDE, que ha causado la dislocación de las finanzas públicas y afecta a millones de personas por el enorme desempleo que ha provocado tiene, entre sus raíces, la gran inmoralidad con la que estos países han venido manejando el sistema financiero. La creación de instrumentos sin contenido real, con el sólo propósito de especular y obtener ganancias y otras “operaciones geniales” para estimular el juego especulativo, como la de asegurarlas, pasaron desapercibidas para los genios de la OCDE. Para lo que sí no tuvieron el menor recato fue para atribuir la crisis a las actividades de los países que ellos llaman paraísos fiscales o centros financieros offshore. Parece que quienes controlan la OCDE no se habían enterado de que el FMI había determinado que por estar estos últimos mejor regulados y manejados con más seriedad que los centros onshore, es decir, los que operan en los países socios de la OCDE, la referencia peyorativa y discriminatoria offshore dejó de tener sentido. (Ver… Public Information Notice (PIN) No. 08/82
July 9, 2008…..) Continue reading The Money Laundry por J.C. Sharman

La verdad sobre Buneau – Varilla y su relación con Panamá

Eduardo Morgan Jr.

Motiva este escrito aclarar algunos puntos sobre los méritos de nuestro flamante primer embajador en Estados Unidos y firmante del Tratado que lleva su nombre, Philippe Bunau-Varilla. Para mi este sujeto jamás tuvo la intención de ayudar a nuestro país a beneficiarse de la posición geográfica y nos hizo un daño enorme al privarnos totalmente de ella y convertir en guettos a las ciudades de Panamá y Colón. Los panameños aceptaron el tratado, con todos los cambios que le hizo al Tratado Herràn-Hay este nefasto personaje, en contubernio con  el  Secretario de Estado John Hay, porque les tranquilizaba la cláusula que excluía de la concesión las ciudades de Panamá y Colón y sus puertos. Como podrás ver en la carta, que te adjunto a este correo, en el mes de enero de 1904, sin consultar con nadie, BV le escribe a Hay, supuestamente para aclarar algunas interrogantes en el Senado sobre la interpretación de las únicas cláusulas que favorecían a Panamá:  la exclusión de la concesión  de los Puertos y de  las ciudades de Panamá y Colón. Los puertos de Panamá y Colón fueron siempre los actuales, donde anclaban los barcos mercantes, y los muelles eran los existentes en La Boca, el término del sector Pacifico del Canal. En Colón era igual. Pero BV y Hay, para arrebatárselos a Panamá, dispusieron que los puertos eran, en Panamá el actual Muelle Fiscal, solo utilizado por balandras y con marea alta, y en Colón algo similar. Esto no fue solo un despojo sino sino también una burla cruel. En el caso de las ciudades de Panamá y Colón, la carta firmada por BV dice: «En mi concepto la expresión «ciudades de Panamá y Colón» corresponde al espacio real cubierto efectivamente por las dos aglomeraciones de casas, y no puede entenderse que se refiera a ninguna definición administrativa que cubra una superficie teórica». Y añadió:

«Considero que los Estados Unidos no está obligado a ceder ni una pulgada fuera de la superficie real cubierta por las aglomeraciones en ambos casos, y que no puede surgir ninguna protesta si no permite que un espacio suburbano se añada a la superficie real para el desarrollo posteror de las poblaciones»  

Esta carta con la que oficialmente nos despojaron del acceso al mar y relegaron a las ciudades terminales a simples y pobres guettos, era desconocida por el gobierno panameño y fue usada por Hay como una bofetada burlona cuando el embajador de Panamá, José Domingo de Obaldía, entregó, el 11 de agosto de 1904, la extensa  protesta formal por la ocupación de los puertos y el establecimiento de Tarifas, Aduanas y Correos en la Zona del Canal, dejando sentadas las razones por las cuales dichas acciones eran violatorias del tratado.

 La cínica respuesta de Hay empieza así: “Antes de darle una respuesta oficial me atrevo a preguntarle si sus comentarios fueron escritos tomando en cuenta la nota del señor Bunau-Varilla, fechada el 19 de enero pasado en el tema de la interpretación  de algunos puntos del tratado. Para su conveniencia le incluyo una copia de la misma.”

Aquí empiezan a desvanecerse los sueños de prosperidad de la nueva republica y se inició la lucha por la recuperación de los beneficios de la posición geográfica. Y con el cambio de los 5 kilometros a 5 millas, nuestra ciudad quedó totalmente rodeada por la Zona del Canal. No fue hasta que nos obligaropn a cederles la jurisdicción sobre las orillas del lago Gatún, que nos dieron las Sabanas y así pudimos integrar a la ciudad con el este.

Abajo transcribo la carta de BV para que quede para la historia la verdadera condición de este personaje. 

Del Sr. Hay al Sr. de Obaldia

DEPARTAMENTO DE ESTADO

Washington, 18 de Agosto, 1904.

ESTIMADO SR. MINISTRO: Tengo el honor de avisar recibo de las dos comunicaciones, fechadas en este día, en las cuales presenta para mi consideración ciertas observaciones referentes a la interpretación de párrafos en el tratado del canal Ístmico que su Gobierno considera oscuros.

Antes de brindar una respuesta oficial a los asuntos que allí se exponen, me aventuro a preguntarle Si SUS presentes comunicaciones fueron escritas a la luz de la nota del Señor Buneau-Varilla, fechada el 19 de enero pasado, sobre el terna de la interpretación de ciertos párrafos del tratado. Para su mayor conveniencia me permito incluir aquí una copia de esa nota.

Soy de usted, etc.

JOHN HAY

(anexo)

Del Sr. Varilla al Sr. Hay

LEGACION DE LA REPUBLICA DE PANAMA

Washington, Martes, 19 de enero, 1904

SEROR: Después de la conversación que tuve el honor de celebrar hoy con usted sobre las enmiendas al tratado del 18 de Noviembre, que la prensa informa ha sido prohijado por el Comité de Relaciones Exteriores del Senado, estoy inclinado a creer que ellas tienen que ver más con cuestiones de reacción que con cuestiones de principios.

Como estas enmiendas han sido inspiradas tan solo por el legítimo deseo de hacer más claro el texto, podría encontrarse alguna forma de obtener este resultado sin pasar por el proceso de enmendar el tratado, con todas las demoras inherentes a tal proceso, en un momento en que los enemigos del tratado pueden sacar ventaja de ello para desatar una guerra sobre el Istmo como arma suprema contra la construcción del canal y la aprobación final del tratado que lo asegura.

Los medios más sencillos que pueden idearse para aclarar el texto de una convención es que los pleniponteciarios expresen cual fue el sentido exacto que ellos le atribuyeron a dicho texto.

No titubeo, señor, en ofrecerle en mi nombre y en el de mi Gobierno, la siguiente explicación sobre el significado de las cláusulas que se considera no han sido lo suficientemente definidas, por parte del comité del Senado:

 PRIMERO: PUERTOS ADYACENTES A LAS CIUDADES DE PANAMA Y COLON

Los puertos adyacentes a las ciudades de Panamá y Colon (adyacente procede de “ad jaceus”: situadas al lado de) son, a mi entender, las puertos en contacto con dichas ciudades y que las ponen en comunicación con el mar.

Estos puertos son completamente separados e independientes de los puertos del canal, de los puertos situados a sus dos entradas y que los barcos que pasan por el canal tendrán que usar.

El puerto en la terminal de Colón del canal es un puerto interior formado por drenaje en el puerto de Fox River, adyacente a la ciudad de Cristóbal Colón y protegido por un rompeolas.

El puerto adyacente a la ciudad de Colon está constituido por una serie de muelles construidos en mar abierto sin ningún abrigo artificial.

Un barco fondeado en el puerto de Colón y que lo deje para entrar en el puerto del Canal tendrá primero que salir a mar abierto y luego pasar por el rompeolas que protege la entrada del puerto del canal.

En Panamá el puerto del canal es también un puerto interior situado en La Boca, a varias millas de distancia del muelle que forma el puerto de Panamá, un muelle construido en mar abierto como los de Colon. Las mismas cosas pueden decirse de los puertos de Panamá y de Colon. Ambos son puertos locales, limitados estrictamente para el servicio de las respectivas ciudades y fuera del camino del canal y de las aproximaciones a sus entradas.

No existe una sombra de probabilidad de que el puerto adyacente, ya sea a Panamá o a Colón, sea jamás utilizado para nada excepto para el comercio local de la ciudad, y por lo tanto los Estados Unidos nunca tendrán que hacer nada en relación con el canal con parte alguna de ninguna de ellas.

Pero aún suponiendo lo imposible, supongamos que un suceso impredecible haga necesario para los Estados Unidos hacer algo en uno de esos puertos. Tengo entendido que la República de Panamá no tendría una sombra de objeción contra tal medida ya que estamos obligados por el Artículo II del Tratado, que estipula que “La República de Panamá otorga a los Estados Unidos a perpetuidad el uso, ocupación y control de cualesquiera otras tierras y aguas fuera de la zona que puedan ser necesarias y convenientes para la construcción, mantenimiento, operación, saneamiento, y protección del canal’

Las poblaciones de Panamá y Colón y sus puertos adyacentes no estando incluidos en la zona están fuera de ella y, por lo tanto, los Estados Unidos quedan en libertad para usar, ocupar, y controlar cualquier terreno en la ciudad, cualesquiera aguas en los puertos para cualquier cosa necesaria y conveniente para La construcción, mantenimiento, operación, saneamiento y protección del canal.

Cualquier enmienda que modificase estas amplias facultades podría dar autoridad, pero para algo que no es necesario o conveniente, ya sea para la construcción o para el mantenimiento o para la operación o para el saneamiento o para la protección del canal. Cualquiera autoridad de este tipo otorgada a los Estados trastocaría la economía de todo el tratado, que es la de que los Estados Unidos tendrán todo lo que necesiten para el canal y nada más.

SEGUNDO: SANEAMIENTO

Tengo entendido que la enmienda en este asunto tiene la intención de otorgarle más autoridad inmediata a los Estados Unidos para aplicar sus disposiciones de saneamiento sin aguardar un tiempo razonable.

Siempre he tenido entendido, y manifiesto en rigor el entendimiento del Gobierno de Panamá, de que en tal materia, la falla en acatar las ordenanzas de saneamiento de los Estados Unidos le da instantáneamente a los Estados Unidos el derecho de imponerlas.

En este asunto el espacio razonable de tiempo de espera es absolutamente ningún tiempo, como en todos aquellos casos en que la conservación de la vida depende de una acción rápida.

En asunto de saneamiento, cuanto más estrictas sean las ordenanzas con mayor rapidez serán aplicadas par los Estados Unidos, y más contento estará el Gobiemo de Panamá, si falla en ser totalmente adecuado para cumplir su tarea.

TERCERO: LIMITACION A LAS CIUDADES

Entiendo que la expresión “las ciudades de Panamá y Colon” no le parece al comité del Senado que define suficientemente el espacio que permanece fuera de la zona.

En mi concepto la expresión “ciudades de Panamá y Colón” corresponde al espacio real cubierto efectivamente por las dos aglomeraciones de casas, y no puede entenderse que se refiera a ninguna definición administrativa que cubra una superficie teórica.

Considero que los Estados Unidos no está obligado a ceder ni una pulgada fuera de la superficie real cubierta par las aglomeraciones en ambos casos, y que no puede surgir ninguna protesta si no permite que un espacio suburbano se añada a la superficie real para el desarrollo posterior de las poblaciones.

Al mismo tiempo considero probable que los Estados Unidos encontrarán de interés para ambas partes darle a la República de Panamá alguna superficie adyacente a las poblaciones para su ulterior expansión.

La determinación de estas superficies queda, en mi mente, completamente a juicio de los Estados Unidos, y no pueden solicitarse coma resultado de algún derecho por parte del gobierno de Panamá, porque en la intención de los autores del tratado las ciudades fueron consideradas coma aglomeraciones reales y no coma conceptos administrativos y teóricos desconocidos para ambos plenipotenciarios.

Soy de usted, etc.

BUNEAU- VARILLA

Intercambio de información fiscal – Actuemos como país soberano

Adolfo E. Linares F.

Si hay un país cooperador en temas de transparencia fiscal es Panamá. Nuestro país tiene la legislación para «conocer al cliente» más estricta que la de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Incluso, algunos de ellos como Estados Unidos (EU) no la tienen. Abrir cuentas bancarias en Panamá cada día es más difícil, mientras que en países de la OCDE, como EU, se abren por internet y sin pedir mayores requisitos. En Panamá los abogados, por ley, tienen la obligación de conocer a los tenedores de las acciones al portador. En Estados Unidos una ley similar ha sido rechazada en varias ocasiones por el Congreso, por considerar que afectaría la competitividad del sistema de servicios de ese país.

Panamá debe acceder al intercambio de información fiscal, pero por medio de la firma de tratados para evitar la doble imposición fiscal (TDT), no por medio de meros tratados de intercambio de información fiscal (TIA). Ambos son instrumentos reconocidos por la OCDE para alcanzar el intercambio de información, por ende, Panamá tiene todo el derecho de escoger la vía que más le convenga. Panamá es un Estado independiente y soberano, con una economía y una posición geográfica envidiable que hace que muchas transnacionales quieran ubicarse aquí para darle servicio a sus oficinas regionales o utilizar el país como trampolín para la exportación de sus bienes y servicios. No somos una jurisdicción insular o un territorio dependiente, sin importancia geopolítica ni económica. Nuestro país se ha convertido en un lugar estratégico para la implementación de variados

servicios: logística, transporte, embarque de contenedores, importación y reexportación, puertos, telecomunicaciones, call centers, banca, seguros, fiducia, hub aeroportuario, el Canal, empresas SEM, Panamá Pacífico, etc. En este sentido la firma de un TIA no representa beneficio alguno, sería un compromiso con deberes y obligaciones solo para nuestra parte, sin ninguna obligación para la contraparte, porque (por nuestra legislación fiscal

territorial) no necesitamos recibir información del exterior. Por el contrario, la firma de un TDT aumentaría nuestro atractivo como una jurisdicción idónea para el establecimiento de empresas multinacionales, por la certeza jurídica tributaria que representa el tener una vasta red de TDT.

Hoy, los países que compiten por atraer a las multinacionales y a la inversión extranjera dependen, en gran medida, de su estrategia de mercadeo y de contar con una vasta red de tratados de libre comercio, así como de TDT. Si el asunto es el intercambio de información, Panamá como país independiente tiene el derecho de escoger la vía que más le convenga. Sobre todo, cuando la propia OCDE reconoce los TIA y los TDT como instrumentos aceptables e idóneos para alcanzar este objetivo. Y para aquellos que me acusan de tener un interés personal en esto, les digo claramente que esto no tiene nada que ver con la actividad profesional en la gestión de sociedades, ya que si ese fuera el tema únicamente a lo mejor la firma de TIA, como ha pasado en otras jurisdicciones, no fuera de mayor relevancia. Quizás pueden tener razón quienes dicen que la mera firma de un TIA no afectará la gestión de sociedades, como se afirma ha pasado en las Islas Vírgenes Británicas, pero sí afectaría a nuestro país como jurisdicción para atraer inversión extranjera y a las multinacionales, contrario a jurisdicciones como Islas Vírgenes Británicas en donde no es relevante. Es aquí donde radica la diferencia.

Hay quienes afirman que el «estándar» hoy es firmar TIA, por lo tanto, debemos doblegarnos pacíficamente a las peticiones de la OCDE. A mi humilde criterio, este es un argumento sin sustento que, además, debiera dar vergüenza a quienes lo plantean porque atenta contra nuestra soberanía, dignidad e interés nacional. Lo anterior no es un mero eslogan inspirado en un fanatismo patriotero o chauvinista. Veamos qué países, o más bien, jurisdicciones han aceptado firmar TIA. La lista que les proveo abajo fue sacada de la página web de la OECD: Islas Mauricio, San Marino, Bahréin, Bahamas, Bermuda, Guernesey, Jersey, Isla de Man, Macao, Liechtenstein, Islas Vírgenes Británicas, Vanuatu, Islas Seychelles, Montserrat, St. Kits y Nevis, Belice, Islas Cook, Islas Faroes, Islas Marshall, Antigua y Barbuda, Antillas Nerdlandesas, Islas Cayman, Mónaco, Isla St. Lucía, Grenada, St. Vincent & las Granadinas, Gibraltar, Anguilla, Andorra, Montserrat, Islas Turk & Caicos, Uruguay y Costa Rica. A excepción de Costa Rica y Uruguay, las demás son jurisdicciones dependientes de otros Estados y, para ellos, la firma de TIA o TDT es irrelevante. Singapur y Hong Kong, por el contrario, cuya economía de servicios y como centro de atracción de inversiones extranjeras y de multinacionales es parecida a la de Panamá, mantienen la posición firme de acceder al intercambio de información fiscal solo por medio de TDT. La pregunta que me hago, entonces, es ¿con quién queremos compararnos? Con las jurisdicciones que han accedido que le impongan los TIA o, por el contrario, nos queremos comparar con Singapur y Hong Kong. El Presidente de la República en varias ocasiones ha dicho que Panamá es el Singapur de las Américas. Si esto es así, actuemos en consecuencia y no permitamos que nos traten como una jurisdicción o territorio dependiente. No sé cuáles fueron las razones que llevaron a Costa Rica y Uruguay a firmar TIA, pero lo cierto es que a Panamá lo que le conviene es acceder al intercambio de información por medio de la firma de TDT.

Las acciones al portador y los convenios de información fiscal

Eduardo Morgan Jr.

Enero 2012

La Asamblea General de la Asociación de Abogados Internacionales (AAI), realizada el 5 de diciembre de 2011, en la que participé con distinguidos abogados, tuvo el propósito de tomar una posición sobre aspectos relativos a las acciones al portador y sobre la conveniencia de continuar con la actual política del Gobierno de firmar tratados para evitar la doble tributación (TDT) y evitar firmar otros tratados de intercambio de información fiscal (TIIF).

Sobre el primer tema, es decir, la modificación de la Ley de Sociedades Anónimas, ya fuere para eliminarlas o inmovilizarlas, la conclusión fue que nuestro sistema societario de identificación plena del cliente, por parte del abogado-agente residente, y la obligación de este de documentar dicha identificación, hacía innecesaria cualquiera de las medidas aludidas. Se hizo hincapié en que el Procurador General de la Nación había certificado, a solicitud de la asociación, que nuestro sistema permite la plena identificación de los que cometen delitos, al amparo de una sociedad anónima (aunque esta tenga acciones al portador) o de cualquier otra persona jurídica panameña.

También, se hizo hincapié en que ninguno de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ni la propia Embajada de Estados Unidos había podido suministrar listas de personas jurídicas panameñas en esas condiciones. Se citó, también como argumento, el proyecto S569, conocido como Ley Levin, mediante el cual el Congreso de Estados Unidos está tratando (desde 2006, hasta ahora sin éxito) de que se identifiquen los beneficiarios reales de sus personas jurídicas (corporaciones y compañías de responsabilidad limitada [LLC]); que en las audiencias celebradas al respecto había quedado plasmado que la eliminación de las acciones al portador para las corporaciones no resolvía el problema, y que la solución correcta es la de Panamá, es decir, tener la documentación del cliente o beneficiario de la persona jurídica. Además, se hizo la alusión y se entregaron copias del documento que recoge la oposición al proyecto S569 por parte de los senadores de Delaware y Nevada, con los argumentos de que dicha medida encarecería el negocio de venta de sociedades y atentaría contra la privacidad, principio muy arraigado en la sociedad norteamericana. Sobre este aspecto también se hizo constar que la mayoría de los países de la OCDE tiene acciones al portador.

Con relación a los TIIF, la posición de la asociación fue la de que los mismos no traen ningún beneficio al país, mientras que los TDT tienen la ventaja de promover el establecimiento de empresas extranjeras, lo que conlleva crecimiento económico. Se criticó la firma del TIEA con Estados Unidos por la falta de consulta y por su retroactividad a tres años, a diferencia del firmado por ese país con Islas Vírgenes Británicas (BVI), cuya vigencia se pactó de dos a cuatro años a partir de su aprobación final. Como contraste, el proyecto que nos presentaron los norteamericanos en el año 2001, divulgado ampliamente entre los abogados y otros sectores de la sociedad, por el canciller de entonces, José Miguel Alemán, no tenía cláusula de retroactividad; de haberse discutido con la asociación el que se firmó en 2010, es seguro que se hubiera eliminado la retroactividad y que a los panameños con doble nacionalidad se les hubiera excluido de su aplicación.

Es claro que los TDT contienen la cláusula de información fiscal, que es lo que le interesa a los países de la OCDE y, por ello, firmarlos con Panamá, que obtendría a cambio la certeza de los impuestos para los inversionistas extranjeros, lo convierte en un convenio de dos vías y no de una sola vía, como son los TIIF, los cuales, por nuestro sistema fiscal territorial, no contienen ninguna contraprestación a favor de nuestro país.

Concluyó así un debate de más de dos años en el seno de la AAI, que tuvo su culminación ese día sin que nadie manifestara oposición. Como es materia de público conocimiento, Estados Unidos no ha aprobado dar información a terceros países sobre los intereses no gravados, los depósitos bancarios de extranjeros, ni tampoco tiene en su legislación un sistema para dar información de los responsables detrás de sus personas jurídicas. Creo, por ello, que corresponde a nuestra asociación insistir ante nuestro Gobierno para que se abstenga de dar la información que señala el TIEA, hasta tanto ellos, Estados Unidos, no apruebe sus respectivas leyes conducentes a la igualdad de condiciones (Level Playing Field), posibilidad contemplada en el acuerdo.

Más vale tarde… que nunca

Roberto I. Guardia R.

La estructura del sistema de servicios financieros, que históricamente nuestro país ha ofrecido al mundo, se asemeja a los tres vértices de un triángulo. El primer vértice es nuestra ley de sociedades anónimas, que data desde el año 1927. El segundo es nuestra legislación fiscal, que sigue el principio de renta territorial, lo cual significa que se grava únicamente las utilidades generadas dentro del país, y el tercero es nuestro sólido sistema bancario, complementado con leyes que permiten la reserva bancaria.

Estos tres vértices han constituido la base de nuestro envidiado sistema de servicios, que representa miles de empleos e ingresos a nuestra economía.

Panamá durante los últimos años ha adecuado su legislación a fin de promover controles para que, quienes se manejan en actividades al margen de la ley, no logren tomar ventaja de las bondades que ofrece nuestro centro financiero.

Como prueba de esto hemos visto que se han atrapado delincuentes y se han aclarado escándalos en otros países gracias a la cooperación de las instituciones bancarias y abogados en este sentido. Algunos ejemplos serían el caso Murcia o el Proyecto Finlandia, entre otros.

Mencionamos esto únicamente para demostrar que, a la hora de la verdad, nuestro sistema tiene los mecanismos para repeler a quienes pretendan aprovecharlo para fines al margen de la ley.

Los países de “primer mundo” por medio de agrupaciones como la OCDE han pretendido en varias ocasiones chantajear a nuestro país con las llamadas listas negras, lo cual no tiene nada que ver con delitos, ya que al final esa es una excusa cuando el nombre real de todo esto es la palabra “impuestos”.

Panamá ha sido históricamente, denominada de forma indebida, paraíso fiscal. Nada es más falso. Un paraíso fiscal o Tax Heaven es una jurisdicción en la que no se pagan impuestos y en Panamá sí se paga impuestos.

Pero, volvamos a la OCDE para no salirnos del punto medular de este artículo.

La cacería del “primer mundo” en contra de los llamados “paraísos fiscales” empezó a principios de la década de 1990. En ese entonces estos países, en todo su derecho, establecieron normas fiscales para controlar a sus nacionales en el uso de los servicios que ofrecían estas jurisdicciones también llamadas Off-Shore.

Hasta aquí, no había mayores problemas ya que cada Estado puede establecer las leyes que estime pertinentes para el resguardo de sus intereses. El problema empieza cuando estos países de “primer mundo” comienzan a inmiscuirse en asuntos de otras jurisdicciones, con el fin de posteriormente presionarlas para que cambien sus leyes con las llamadas listas negras. Esto ya es un problema muy delicado porque caemos en intervención de un Estado en las leyes de otro Estado, afectando, en consecuencia, la soberanía de este último.

Es aquí donde el Derecho Internacional Público contempla las llamadas medidas de retorsión como una vía mediante la cual un Estado, que se ve afectado por esta intervención, pueda defenderse.

Desde hace muchísimos años varios juristas panameños han defendido a capa y espada el derecho de Panamá a proteger su economía de servicios mediante el uso de medidas de retorsión. Quizás el más vehemente ha sido don Eduardo Morgan quien, cuando fue embajador de Panamá en Washington, estableció prácticamente una cruzada en este sentido, que al día de hoy todavía mantiene.

Panamá se ha dedicado a ceder, poco a poco, ante las presiones de la OCDE a fin de ser eliminada de las mal llamadas listas negras y esto ha sido un juego de nunca acabar, toda vez que la OCDE, al final, lo que realmente busca es terminar con nuestro sistema financiero.

Por primera vez, Panamá anuncia una medida de retorsión. Lo hace ante Francia y vemos cómo se produce un impacto inmediato a nuestro favor.

¿Por qué no hicimos esto antes? ¿Por qué hemos permitido que nos roben competitividad en comparación con otros centros financieros, muchos de ellos existentes dentro de países miembros de la OCDE?

Creo que esta es una lección que debe quedar para este gobierno y para los que le sucedan. Panamá tiene que defender su centro financiero. Punto.

Tenemos las vías jurídicas para hacerlo. No debemos seguir tratando de “quedar bien” ante quienes, al final, no les interesa nuestra suerte ni nuestra economía.

Nos hemos manejado con excesiva humildad y no pregonamos lo que debemos, que estamos haciendo buena competencia en el mercado financiero internacional frente a países como Luxemburgo y Suiza. Ya es hora, por ejemplo, de que empecemos a formar más parte de la onda expansiva del mercado financiero, y ratifiquemos los tratados internacionales, convenciones de La Haya, tales como el reconocimiento del Trust de 1985 y el Convenio de Compraventa Internacional.

Es un tema de supervivencia y, sobre todo, de dignidad nacional.

Panamá no es ni Paraíso Fiscal ni país de lavadores de dinero

Por Erick Simpson Aguilera

De PMA 507 PYT Panama Blog

En la presente entrega vuelvo a abordar el tema caliente de Los Paraísos Fiscales, con la finalidad de esclarecer uno de los secretos mejor guardados de la economía mundial, la cual dicho sea de paso, es manejada con una alta dosis de hipocresía como demostrare más adelante.

Haciendo una breve reseña del tema que nos ocupa, como todos sabemos Panamá en el último reporte del Foro Global de la OCDE, nuevamente fue calificada como un paraíso fiscal y no pasó a la segunda fase de revisiones del citado organismo, no obstante haber sido excluida de la lista gris en el último listado de la OCDE publicado el 2 de noviembre de 2011. El mencionado reporte del Foro Global fue utilizado por el Presidente francés Nicolás Sarkozy en la cumbre del G-20 en Cannes Francia, en su calidad de presidente temporal de dicho organismo, para dedicar duros calificativos y amenazas a Panamá y otros países por su estatus de paraísos fiscales.

https://pma507pty.wordpress.com/2011/12/04/paraisos-fiscales-el-secreto-mejor-guardado/